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¿CONOCES LA LEY?

Publicado por daniel 02/07/2010 20:26 / 0 Comentarios Ver nota completaEnviar nota a un Amigo

Reglamento de tránsito y vialidad para el municipio de Atotonilco el Alto, Jalisco

Carlos Padilla Villarruel, Presidente Constitucional del Honorable Ayuntamiento del Gobierno Municipal de Atotonilco el Alto Jalisco, a los habitantes del Municipio hago saber:

Que el Honorable Pleno del Ayuntamiento que dignamente presido, a tenido a bien aprobar y expedir por unanimidad de votos, el:

 

Reglamento de tránsito y vialidad para el municipio de Atotonilco el Alto, Jalisco.

Titulo Primero

Disposiciones Generales

Capítulo I

Disposiciones preliminares

Artículo 1.- El presente Reglamento lo expide el Honorable Ayuntamiento de Atotonilco el Alto, Jalisco, para su aplicación en el Municipio. Su observancia es general en su ámbito jurisdiccional, con fundamento en lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 115 Fracción II, asimismo en la Ley de los Servicios de Vialidad, Tránsito y Transporte del Estado de Jalisco en sus Artículos 1, Fracción IV, Artículo 6, 13, 14, 15, 16, 17 y 18, los artículos 40, 42, 43, 44, 47 fracción V y correlativos de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, que tiene por objeto establecer las normas que lo rigen:

I.- El tránsito de peatones, vehículos y semovientes, así como garantizar al máximo su seguridad y preservar los bienes destinados al servicio público en las vías públicas y el medio ambiente al igual que el orden público;

II.- La expedición de permisos para conducir o en su caso provisionales para transitar sin placas en vehículos de motor.

III.- Los derechos y obligaciones de los conductores y peatones.

IV.- Las características de los vehículos.

V.- Los servicios de grúas.

VI.- Todas las demás disposiciones relativas al tránsito dentro del Municipio.

Artículo 2.- Para los efectos de este Reglamento se denominará:

Arroyo de circulación.- A la Fracción de terreno destinada al movimiento de vehículos.

Acera.- A la porción de la calle o camino destinada exclusivamente al tránsito de peatones y discapacitados.

Intersección.- El área donde se cruzan dos o más vías.

Vía Pública.- El conjunto de elementos cuya función es permitir en tránsito de vehículos, peatones y semovientes, así como también facilitar la comunicación entre las diferentes áreas y zonas del Municipio de Atotonilco el Alto, Jal.

Vehículo.- Todo medio de transporte de propulsión mecánica, humana o tracción animal que se destine a transitar por las vías públicas.

Peatón.- Toda persona que transite por las vías públicas del Municipio.

 Descargar reglamento

 FUENTE:

Dirección General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional

http://www.ordenjuridico.gob.mx/Estatal/JALISCO/Municipios/Atotonico/AtoReg03.pdf

 

 

 


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