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¿CONOCES LA LEY?

Publicado por daniel 16/10/2009 18:49 / 0 Comentarios Ver nota completaEnviar nota a un Amigo

Reglamento de Tránsito para el Municipio de Mexicali, Baja California

MEXICO

Capítulo Primero

Disposiciones Generales

Artículo 1.- El presente reglamento es de orden público e interés social, y tiene por objeto establecer las normas a que deberá sujetarse el tránsito peatonal y vehicular en el Municipio de Mexicali, Baja California, de manera que se expediten EXAHUSTIVA las comunicaciones y queden debidamente protegidas las personas y sus bienes.

Las normas del presente Reglamento deberán observarse por todos los conductores, peatones y vehículos que transiten por las vías públicas del Municipio, inclusive los del servicio público del transporte, así como por los agentes o inspectores y sus vehículos, salvo en los casos que el mismo Reglamento expresamente lo señale.

Artículo 2.- Son vías públicas del Municipio, las municipales, así como las estatales y federales que corresponda su vigilancia a la autoridad municipal.

Artículo 3.- Para los efectos del presente Reglamento, se establecen las siguientes abreviaturas:

I.- Agentes.- Son los elementos del cuerpo de policía de la Dirección de Seguridad Pública Municipal;

II.- Ayuntamiento.- Es el órgano colegiado responsable del gobierno del Municipio;

III.- Departamento.- Es el Departamento de Ingeniería de Tránsito;

IV.- Dirección.- Es la Dirección de Seguridad Pública Municipal del Ayuntamiento;

V.- Inspector.- Es el inspector del Sistema Municipal del Transporte;

VI.- Municipio.- Es el Municipio de Mexicali, Baja California; y,

VII.- Sistema.- Es el organismo descentralizado de la administración pública municipal denominado Sistema Municipal del Transporte.

Se anexa Reglamento completo en Pdf.

 

FUENTE:
Gobierno de Mexicali/Normatividad

http://www.mexicali.gob.mx/transparencia/newweb/normatividad/reglamentos/pdf/transito.pdf

 

 


Publicado por Fisac 9:06 AM / 0 Comentarios Ver nota completaEnviar nota a un Amigo
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