Página de Inicio E-Mail
Contenido sindicado

Buscador:
 
 
 
Usuario: Password:
Recordar Contraseña|Registrarse >>

¿CONOCES LA LEY?

Publicado por daniel 28/08/2009 19:39 / 0 Comentarios Ver nota completaEnviar nota a un Amigo

Reglamento de Tránsito Y Vialidad del Municipio de Torreón, Coahuila

MEXICO

Texto aprobado por Cabildo en Sesión Extraordinaria de fecha 16 de Octubre de 2007

 

Capítulo I

Disposiciones Generales

 

Artículo 1. En apego a lo establecido por la fracción II y el inciso h) de la fracción III del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos 158 - B, 158 - C, 158 - F, 158 - N, numeral 1 de la fracción I del artículo 158 - U y por el inciso h) del numeral 1 de la fracción IV del artículo 158 - U de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; el presente Reglamento de Tránsito y Vialidad, es de orden público, interés social y observancia en todo el territorio del Municipio de Torreón, Coahuila.

 

Artículo 2. El presente Reglamento de Tránsito y Vialidad, tiene por objeto:

I. El resguardo de la integridad física de las personas, tanto peatones como conductores y de sus bienes.

II. Definir las normas por las cuales ha de regirse el libre tránsito de vehículos y peatones en el Municipio de Torreón, Coahuila.

III. Definir la conducta que deben seguir los conductores de vehículos en circulación por las vialidades del Municipio.

IV. Definir la conducta que deben seguir los peatones, en las vías públicas del Municipio.

V. Establecer, en forma enunciativa más no limitativa, las normas mínimas en las que ha de basarse la cultura de educación vial y de conducción en el Municipio de Torreón, Coahuila.

 

Artículo 3. Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

I. Agentes: Los Agentes de Tránsito, adscritos a la Dirección de Tránsito y Vialidad

Municipal.

II. Conductor: Toda persona que maneje un vehículo.

III. Infraestructura vial: Las calles, bulevares, calzadas, avenidas, puentes viales; las banquetas, los andadores; los instrumentos de señalización vial (incluidos en éstos los semáforos, los letreros viales, los letreros de nomenclatura de vialidades, etc.) y, los accesos peatonales.

IV. Municipio: el Municipio de Torreón.

V. Peatón: La persona que transita por la vía pública o zonas privadas con acceso al público o, en el caso de las personas con capacidades diferenciadas, camina asistiéndose de aparatos o de vehículos no regulados por este Reglamento. VI. Circulación: Traslado de vehículos y peatones por las diversas vialidades del Municipio.

VII. Vialidades: Sistema de vías primarias y secundarias que sirven de rodamiento para el tránsito vehicular y/o de peatones.

VIII. Vehículo: Bicicletas, triciclos, motocicletas, motonetas, automóviles, camionetas, camiones, tractores, remolques, semiremolques y cualquier otro semejante de tracción

Texto aprobado por Cabildo en Sesión Extraordinaria de fecha 16 de Octubre de 2007 y propulsión humana, mecánica, eléctrica o animal.

IX. Vehículo detenido: El que detiene su marcha por circunstancias distintas a las de circulación (señalización, ascenso o descenso de pasajeros, condiciones de tránsito, etc.), entorpeciendo el tránsito normal en las vías de circulación.

X. Vía pública: Todo espacio terrestre de uso común, destinado al tránsito de peatones y vehículos.

Se anexa reglamento en pdf

 

FUENTE: 
 Presidencia Municipal de Torreón/

http://www.torreon.gob.mx/claris_domus/html/finanzas/upload/docs_346_Reglamento%20de%20Transito%20y%20Vialidad.pdf

    


Publicado por Fisac 9:06 AM / 0 Comentarios Ver nota completaEnviar nota a un Amigo
Comentarios:
Comparte con nosotros tus inquietudes Email

 
 




Siguenos a través de:

Calendario de
Artículos Publicados




 
 
Av. Ejército Nacional No. 579, 6º Piso, Col. Granada, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11520, México, D. F.
Teléfonos: 5545-6388, 5545-7027, 5545-7216 y 5545-9981

Aviso Legal   |   Legal Disclaimer
 
  Derechos reservados © 2006 Fundación de Investigaciones Sociales, A.C.