Página de Inicio E-Mail
Contenido sindicado

Buscador:
 
 
 
Usuario: Password:
Recordar Contraseña|Registrarse >>

¿CONOCES LA LEY?

Publicado por daniel 11/04/2008 17:30 / 0 Comentarios Ver nota completaEnviar nota a un Amigo

Normativa de alcohol y volante: No se aplica

VENEZUELA

Alcoholemia. El Cuerpo Técnico de Vigilancia de Tránsito Terrestre establece que la concentración de alcohol en la sangre no debe exceder de 0.8 gramos por cada mil cc de sangre, que son equivalentes a 6 cervezas o 2 whiskys. En otros países se establece 0.5 como el límite máximo, porque multiplica el riesgo 4,5 veces.

Publicidad. Según el artículo 64 de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, está prohibida aquella que induzca al consumo de bebidas alcohólicas.

 

Responsabilidad. Artículo 129, el conductor es responsable de un accidente cuando se encuentra bajo los efectos de bebidas alcohólicas, de sustancias estupefacientes o psicotrópicas.

 

Alcoholímetro. La norma legal estipula la práctica de un examen toxicológico, el cual puede omitirse en caso de que las autoridades usen algún sistema para medir la concentración de alcohol, cuando se levante el accidente.

 

Pocas policías de tránsito están dotadas con estos aparatos.

 

Sanciones. La ley establece una multa de 5 a 10 unidades tributarias a quienes conduzcan vehículos bajo influencia de bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas.

 

Revocatoria. Artículo 116, se suspende la licencia hasta por tres años, a responsables de lesiones gravísimas. En el caso de muerte, se inhabilitan por 10 años para obtener nuevo documento.

 

Reflejos alterados

Aunque inicialmente produce euforia, el alcohol es un depresor del sistema nervioso central, que afecta funciones mentales esenciales para conducir, tales como la capacidad de juicio y atención, la visión y las respuestas motoras.

 

Isaías Farcheg, gastroenterólogo venezolano y custodio de Alcohólicos Anónimos, llama la atención sobre mezclar licores con medicamentos (ansiolíticos, por ejemplo), lo que potencia el efecto perturbador.

 

En Argentina, una campaña dirigida especialmente a jóvenes, con el objetivo de prevenir accidentes de tránsito y tomar decisiones a tiempo, recomienda:

-Si vas a conducir, nada de alcohol.

-Si eliges beber, escoge a otro para conducir. Este concepto es habitual en países con cultura preventiva. "Quien no quiera privarse de ingerir alcohol, puede regresar a casa usando otro medio de transporte, pero no manejando su automóvil.

-Si bebió e insiste en conducir, no le acompañes. Cada quien es responsable del cuidado de su vida.

-Selecciona entre el grupo a quien no beba para que maneje. Es por la seguridad de todos.

 

Más de dos aumenta los riesgos

La normativa de Tránsito Terrestre establece que la concentración de alcohol en la sangre no debe exceder de 0,8 gramos por cada 1.000 cc de fluido, que también son equivalentes a 6 cervezas. El consumo de licor es la tercera causa de accidentes en Venezuela.

 

En 2005, de 23.700 siniestros, 1.194 se debieron a ese factor. La ley estipula la suspensión de la licencia, pero no se usan los instrumentos para hacer pruebas de alcoholemia.

 

FUENTE:
 Fundación Fundavice / Libro de Visitantes / Toda persona ebria

http://1ero.com/fundavice/Amigas/Foro/visitante.htm#MGM

 

 


Publicado por Fisac 9:06 AM / 0 Comentarios Ver nota completaEnviar nota a un Amigo
Comentarios:
Comparte con nosotros tus inquietudes Email

 
 




Siguenos a través de:

Calendario de
Artículos Publicados




 
 
Av. Ejército Nacional No. 579, 6º Piso, Col. Granada, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11520, México, D. F.
Teléfonos: 5545-6388, 5545-7027, 5545-7216 y 5545-9981

Aviso Legal   |   Legal Disclaimer
 
  Derechos reservados © 2006 Fundación de Investigaciones Sociales, A.C.